¿Qué son los números de documento 99001, 99002 y 99003 para la facturación?
Son NITs (Numero de identificación tributaria) fijos que impuestos utiliza para diferentes operaciones:
NIT | Utilizar en |
99001 | Entidades y personas extranjeras que no tienen obligación de tener NIT (Razón social en la factura: dictado por el comprador) |
99002 | En caso de una fiscalización, el SIN emite una factura a nombre de un desconocido (Razón social en la factura:dictado por el comprador) |
99003 | Ventas menores del día (Razón social en la factura: Ventas menores del día) |
¿Como registrar estos datos para el sistema de facturación?
Tipo de documento | Numero de documento | Razon Social / Nombre |
NIT | 99001 | Razón social en la factura: dictado por el comprador |
NIT | 99002 | Razón social en la factura: dictado por el comprador |
NIT | 99003 | Razón social en la factura: Ventas menores del día |
En caso de registrar con cualquier otro dato, el sistema de facturación lo registra como factura observada.
Normativa
Según la RND Nº102100000011 SISTEMA DE FACTURACIÓN, entre párrafos del Artículo 25 indica:
IV. Para el caso de ventas a entidades con personería jurídica, consulados, embajadas, organismos internacionales, patrimonios autónomos, personal diplomático y personas extranjeras sin residencia, excepto en el caso de exportación de servicios turísticos, que por su naturaleza o actividad no se encuentran obligados a inscribirse en el Padrón Nacional de Contribuyentes, el proveedor deberá consignar en el espacio destinado al NIT/CI de la factura, el número 99001.
V. En caso de procedimientos de control tributario para verificar el cumplimiento de la obligación de emisión de Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente, realizados por la Administración Tributaria, cuando se desconozcan los datos del comprador, se deberá registrar en el campo Nombre o Razón Social la leyenda “Control Tributario”; y en el campo correspondiente al NIT/CI consignar el número 99002.
VI. No existe la obligación de emitir el Documento Fiscal en las ventas menores o prestación de servicios cuyo precio sea inferior a Bs5.- (Cinco 00/100 Bolivianos), salvo que el comprador así lo requiera. Registradas estas operaciones conforme a lo dispuesto en la presente Resolución, estas ventas deberán totalizarse diariamente; importe que deberá ser facturado consignando lugar, fecha de emisión y la leyenda “VENTAS MENORES DEL DÍA” en la sección destinada a la razón social del cliente, además de consignar el número 99003 en el campo correspondiente al NIT/CI, debiendo mantener también el original para fines de control posterior según la modalidad de facturación utilizada.